Las notificaciones u obligaciones de pago de la TSS se generan a partir de día 20 de cada mes y dicho pago se debe realizar a mas tardar la primera semana del mes siguiente.
Si el pago no se realiza dentro de las fechas habiles indicadas en el calendario de Pago, la empresa esta sujeta a las siguientes consecuencias:
- Suspensión de la cobertura de ARS de sus empleados.
- Falta de capitalización individual del CCI de los empleados.
Si posee 4 notificaciones de pago orinarias vencias o mas, puede realizar acuerdo de pago con la TSS. Para esto debe comunicarse con la Dirección Juridica de la Tesoreria.
MES |
FECHA LIMITE DE PAGO SIN RECARGO |
Diciembre 2018 | 4 de Enero, 2019 |
Enero | 5 de Febrero |
Febrero | 5 de Marzo |
Marzo | 3 de Abril |
Abril | 3 de Mayo |
Mayo | 5 de Junio |
Junio | 3 de Julio |
Julio | 5 de Agosto |
Agosto | 4 de Septiembre |
Septiembre | 3 de Octubre |
Octubre | 6 de Noviembre |
Noviembre | 4 de Diciembre |
Diciembre | 7 de Enero, 2020 |
Los pagos a la TSS se pueden se pueden realizar: en efectivo, via transferencia y Cheques.
El pago via tarjeta de crédito no esta disponible.
Los bancos autorizados para el pagos de la TSS son:
- Banco de Reservas de la República Dominicana (BANRESERVAS)
- Banco Popular Dominicano (Banco Múltiple)
- Banco Múltiple BHD-León
- Banco Dominicano del Progreso
- Banco Múltiple Santa Cruz
- Banco BDI
- Banco Múltiple Lope de Haro
- Banco Múltiple Vimenca
- Banco Promérica
- The Bank of Nova Scotia (Scotiabank)
- Citibank
- Banesco